{"id":21990,"date":"2018-10-01T06:34:19","date_gmt":"2018-10-01T06:34:19","guid":{"rendered":"http:\/\/www.maritimoportuario.cl\/mp\/?p=21990"},"modified":"2018-10-01T13:37:48","modified_gmt":"2018-10-01T13:37:48","slug":"lo-que-esta-en-juego-hoy-en-la-haya","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.maritimoportuario.cl\/mp\/lo-que-esta-en-juego-hoy-en-la-haya\/","title":{"rendered":"Lo que est\u00e1 en juego hoy en La Haya"},"content":{"rendered":"<p>Al menos cuatro escenarios principales hay en la mente del equipo chileno sobre la decisi\u00f3n que podr\u00eda tomar la Corte Internacional de Justicia ante la demanda boliviana. Aqu\u00ed, los factores detr\u00e1s de esas alternativas, los efectos que podr\u00eda provocar y lo que arriesga nuestro pa\u00eds en el juicio que ma\u00f1ana llega a su fin.<\/p>\n<p><strong>1 Obligaci\u00f3n de medios con resultado abierto<\/strong><\/p>\n<p>Una obligaci\u00f3n de negociar, expresada de manera gen\u00e9rica y dejando abierta cualquier determinaci\u00f3n sobre el resultado. Ese es uno de los escenarios probables que vislumbran en el equipo chileno -y tambi\u00e9n del boliviano- a la espera del fallo que el tribunal emitir\u00e1 este lunes<\/p>\n<p>Se trata -explican- de una obligaci\u00f3n de medios, no de resultados, lo que ir\u00eda en l\u00ednea con lo que estableci\u00f3 La Haya en su sentencia de 2015, cuando rechaz\u00f3 la objeci\u00f3n preliminar presentada por nuestro pa\u00eds. Aquella vez, el organismo estableci\u00f3 que no podr\u00eda predeterminar el resultado de una eventual negociaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Este probable fallo estar\u00eda sustentado, seg\u00fan han analizado, en la historia entre ambos pa\u00edses y en las negociaciones que han existido en el pasado.<\/p>\n<p>Uno de los aspectos m\u00e1s complejos ha sido determinar cu\u00e1ndo se gener\u00f3 la obligaci\u00f3n de Chile con Bolivia, hito que este \u00faltimo pa\u00eds ha atribuido, m\u00e1s bien, a cada uno de los acercamientos o al efecto acumulativo de ellos.<\/p>\n<p>En el equipo chileno creen que, en este contexto, la fuente de esa obligaci\u00f3n -en este probable fallo adverso para Chile- ser\u00eda la \u201cconducta\u201d o el \u201ccomportamiento\u201d de nuestro pa\u00eds a lo largo de los a\u00f1os.<\/p>\n<p>Esto, adem\u00e1s de aspectos de la carta de Naciones Unidas, por ejemplo, el punto n\u00famero 3 del segundo art\u00edculo, en el que se establece que \u201clos miembros de la organizaci\u00f3n arreglar\u00e1n sus controversias internacionales por medios pac\u00edficos, de tal manera que no se pongan en peligro ni la paz ni la seguridad internacionales ni la justicia\u201d.<\/p>\n<p>Esta determinaci\u00f3n ser\u00eda tomada desde dos perspectivas. Por un lado, el gobierno boliviano lo interpretar\u00eda como un triunfo, ya que se acoger\u00eda uno de los puntos principales de su demanda: la supuesta obligaci\u00f3n de nuestro pa\u00eds de negociar. Sin embargo, por otro lado las autoridades chilenas ya se han adelantado a este posible escenario, recalcando dos mensajes principales: 1) al dejarse abierto el resultado de la negociaci\u00f3n, la corte no acoge la segunda gran solicitud pace\u00f1a, es decir, que las tratativas culminen en el otorgamiento de un acceso al mar con soberan\u00eda; 2) este escenario no ser\u00eda dram\u00e1tico -han dicho desde La Moneda-, porque implicar\u00eda para nuestro pa\u00eds volver al estado en el que se encontraban las relaciones antes de que La Paz presentara la demanda, cuando Chile siempre estuvo dispuesto a dialogar sobre el tema mar\u00edtimo -por ejemplo, en el marco de la agenda de 13 puntos-, aunque respetando la vigencia del Tratado de 1904.<\/p>\n<p>No obstante, miembros de la delegaci\u00f3n boliviana dicen que si ocurre un escenario as\u00ed, ma\u00f1ana habr\u00e1 que fijarse detenidamente en los considerandos del fallo, donde s\u00ed podr\u00eda haber una menci\u00f3n sobre hacia d\u00f3nde deber\u00eda conducir una negociaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>2 Llamado a retomar di\u00e1logo y\/o negociaciones<\/strong><\/p>\n<p>El segundo escenario probable, de acuerdo a las estimaciones chilenas, es que la corte no afirme expresamente la existencia de una obligaci\u00f3n de negociar un acceso al mar para Bolivia, pero que de todas maneras inste a ambos pa\u00edses a retomar conversaciones y\/o negociaciones como \u201cpa\u00edses vecinos\u201d. En este caso tambi\u00e9n se espera que los fundamentos sean la carta de Naciones Unidas, aspectos de \u201cbuena vecindad\u201d y los acercamientos que ha habido entre ambos pa\u00edses para explorar un acceso para Bolivia al oc\u00e9ano Pac\u00edfico.<\/p>\n<p>En este escenario, en el equipo hay algunos matices sobre lo que podr\u00eda determinar la corte de manera adicional a ese llamado: mientras algunos lo ven como una exhortaci\u00f3n sin un car\u00e1cter forzoso, otros creen que el tribunal podr\u00eda ser enf\u00e1tico en plantear que el patr\u00f3n de conducta que ha existido en el tiempo -es decir, numerosas negociaciones para un acceso al mar- tiene que ser retomado.<\/p>\n<p>En todo caso, agregan que el tribunal no necesariamente se involucrar\u00eda en especificar qu\u00e9 tipo de acceso al mar se debiera conversar: es decir, dejando fuera un pronunciamiento de que se contemple un acceso con soberan\u00eda y que, por lo tanto, corresponde a ambas partes definir esos aspectos.<\/p>\n<p>Bolivia tambi\u00e9n tomar\u00eda esto como un triunfo, pero autoridades chilenas sostienen que esta posible decisi\u00f3n -un llamado a dialogar o retomar negociaciones- ser\u00eda utilizado por La Moneda de la siguiente manera: como un espaldarazo de la corte a la agenda de 13 puntos, que inclu\u00eda el tema mar\u00edtimo y que fue instaurada en el primer gobierno de Michelle Bachelet.<\/p>\n<p>En el equipo boliviano, sin embargo, dicen que ven poco probable que el tribunal emita un fallo de este tipo. Consideran que un llamado al di\u00e1logo no tendr\u00eda una base jur\u00eddica s\u00f3lida para que el tribunal sustente una decisi\u00f3n \u201cintermedia\u201d.<\/p>\n<p><strong>3 El peor escenario para Chile: obligaci\u00f3n y soberan\u00eda<\/strong><\/p>\n<p>El escenario visto como m\u00e1s probable en el equipo chileno es una mezcla de los dos anteriores. Sin embargo, existe una tercera alternativa, que ser\u00eda una clara derrota para nuestro pa\u00eds y que implicar\u00eda acoger las dos principales peticiones de Bolivia: que Chile est\u00e1 obligado a negociar y que se debe llegar a un acceso al mar con soberan\u00eda, es decir, una obligaci\u00f3n de resultado y no solo de medios.<\/p>\n<p>Esta alternativa implicar\u00eda, adem\u00e1s, resolver otros asuntos sobre el juicio, como si Chile ha incumplido esa obligaci\u00f3n de negociar y si habr\u00e1 condiciones, caracter\u00edsticas, plazos definidos y la exigencia de informar a La Haya los avances y resultados de esas tratativas.<\/p>\n<p>En este caso, sin embargo, algunos en el equipo chileno consideran que el tribunal internacional podr\u00eda determinar que si bien ambos pa\u00edses se han comprometido en a\u00f1os anteriores a negociar un acceso al mar, siempre fue en un marco de mutuas concesiones y compensaciones, es decir, salvaguardando intereses de ambos pa\u00edses, y que as\u00ed debiera ser tambi\u00e9n en esta oportunidad.<\/p>\n<p><strong>4 El \u00fanico triunfo absoluto para La Moneda<\/strong><\/p>\n<p>El cuarto escenario probable es el \u00fanico en el que Chile obtendr\u00eda una victoria certera y sin mucho margen para distintas lecturas. Pese a que Bolivia pudiera llevar el tema mar\u00edtimo a otros organismos y tribunales internacionales, si la Corte de La Haya determina que no hay una obligaci\u00f3n de negociar ni tampoco hace un llamado a ambos pa\u00edses a dialogar, a retomar negociaciones o a buscar soluciones a esta controversia, eso significar\u00eda una derrota para la demanda pace\u00f1a.<\/p>\n<p>Este fallo ser\u00eda posible -explican en el equipo chileno- si el tribunal determina que Bolivia no demostr\u00f3 que se haya transgredido una obligaci\u00f3n de negociar ni tampoco que esa supuesta obligaci\u00f3n exista y que, por lo tanto, la petici\u00f3n fundamental de ese pa\u00eds no se ha podido sustanciar.<\/p>\n<p>La decisi\u00f3n implicar\u00eda acoger partes centrales de la argumentaci\u00f3n que Chile expuso en su contramemoria y d\u00faplica, as\u00ed como en los alegatos orales, en el sentido de que ambos pa\u00edses firmaron un tratado que debe ser respetado y que el acceso de Bolivia al oc\u00e9ano Pac\u00edfico debiera conversarse en ese marco, respetando ese pacto.<\/p>\n<p>Aqu\u00ed hay otro aspecto en juego al que podr\u00eda aludir La Haya, lo que reforzar\u00eda la visi\u00f3n sobre el respeto a los tratados vigentes y que tendr\u00e1 al gobierno de Per\u00fa atento ma\u00f1ana en la corte: que el tribunal mencione la disposici\u00f3n establecida en el Tratado de 1929 entre Chile y Per\u00fa, en el que se acord\u00f3 que cualquier cambio en los territorios de Arica y Parinacota debe contar con la autorizaci\u00f3n de ese pa\u00eds.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Fuente: La Tercera<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Al menos cuatro escenarios principales hay en la mente del equipo chileno sobre la decisi\u00f3n que podr\u00eda tomar la Corte Internacional de Justicia ante la demanda boliviana. 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