Entró en vigencia nueva etapa de automatización de la Solicitud de Modificación a Documento Aduanero (SMDA)

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Luego de que en agosto de este año el Servicio Nacional de Aduanas pusiera en marcha la automatización de la Solicitud de Modificación a Documento Aduanero (SMDA) para las declaraciones de ingreso, estaba comprometida una siguiente etapa consistente en incorporar las modificaciones de las declaraciones de salida en estado “Aceptación a Trámite” (AT), lo que entró en vigor este miércoles 30 de septiembre.

Esta modalidad de presentación electrónica también es aplicable a aquellas SMDA enviadas a través de la plataforma de Sistema Integrado de Comercio Exterior (SICEX) del Ministerio de Hacienda. Para el primer trimestre del año 2021, en tanto, se tiene planificada la entrada en vigencia la DUS en estado “Legalizado”.

La SMDA en un documento usado por operadores del comercio en las importaciones y exportaciones, que permite realizar ajustes a los documentos con los que se informan las mercancías que ingresan o salen del país, para la correcta declaración y cumplimiento aduanero.

Este proyecto de digitalización, desarrollado de manera conjunta por las subdirecciones Técnica y de Informática de Aduanas en colaboración con SICEX, está en el contexto de las medidas de contingencia anunciadas en marzo por la Dirección Nacional Aduanas para enfrentar el Covid-19, la que a través de la Resolución N° 1.179 enumeró 13 medidas concretas basadas en el uso de las tecnologías, entre ellas la presentación de la SMDA y sus documentos de respaldo.

Dentro de los beneficios de esta iniciativa están la facilitación del comercio, su continuidad operacional y la reducción de tiempos y costos para todos los actores del proceso, manteniendo el resguardo del interés fiscal y el cumplimiento de la normativa aduanera.

Es importante recordar que el hito inicial del proceso para la digitalización de las SMDA, está relacionado a la automatización de la Devolución de Derechos Aduaneros en el 2019, con reducciones de plazos y actos administrativos para los contribuyentes, al Servicio Nacional de Aduanas y a la Tesorería General de la República (TGR).

Fuente: aduana.cl