«Error» en permiso ambiental deja en suspenso operación del galpón de ATI

1

Resolución emitida en 2012 sólo permite embarcar una mínima cantidad de concentrado.

Podría considerarse un error de forma o un simple problema de tipeo, pero sus eventuales consecuencias tienen preocupados a los ejecutivos de Antofagasta Terminal Internacional (ATI).

A pocos días de la puesta en operaciones del sistema de Recepción, Acopio y Embarque de Concentrados (RAEC) que la concesionaria del puerto construye para uso exclusivo de Sierra Gorda SCM, salió a la luz una nueva complicación para este proyecto, la última de una seguidilla de problemas.

La Resolución de Calificación Ambiental que autorizó el desarrollo de la iniciativa privada, emitida en agosto de 2012, indica que la carga que ATI movilizará por el galpón asciende a 1.100 TM/año (toneladas métricas año), en circunstancias que lo declarado por la empresa cuando ingresó el proyecto eran 1.100.000 TM/año.

El dato no es menor, porque si el permiso ambiental es hecho cumplir en las condiciones que fue emitido, las instalaciones que ATI se apresta a inaugurar sólo podrían operar hasta alcanzar el máximo indicado en la RCA, lo que en la práctica se cumpliría en pocos días.

Para mejor comprensión. En octubre del año pasado, en su primer envío al mercado japonés, Sierra Gorda SCM embarcó por el puerto local 5 mil toneladas de concentrado de cobre, es decir, cinco veces más del movimiento anual autorizado para el nuevo galpón.

Adenda 1

El problema comienza en marzo de 2012, cuando ATI entrega sus respuestas a las observaciones planteadas por los distintos servicios públicos que integran la Comisión de Evaluación Ambiental (Adenda 1).

En la consulta 19 de las 23 que en esa ocasión se formularon, se pidió a la concesionaria aclarar las cargas que movilizaría entre los años 22 y 50 de operación del galpón, pues en el documento presentado a evaluación sólo se indicaban los volúmenes estimados para los primeros 21 años.

Aunque la empresa en la declaración de su proyecto informaba 1.100.000 TM/año, al contestar dicha interrogante incurre en la desconocida imprecisión.

«No se dispone de la información solicitada por la autoridad. No obstante, cabe señalar que la infraestructura considerada en el proyecto tendrá una vida útil mínima de 50 años y han sido diseñadas para recepcionar, acopiar y embarcar 1.100 TM/año de concentrado de cobre, por lo tanto, respondiendo de alguna manera a la consulta de la autoridad, es posible señalar que el tonelaje promedio a embarcar (por diseño) a partir del año 22 y hasta el año 50, será de 1.100 TM/año», indica ATI.

Pese a no ser una respuesta clara, la cifra allí informada es finalmente recogida en la Resolución de Calificación Ambiental que el entonces intendente Pablo Toloza dicta cinco meses más tarde, en agosto de 2012, autorizando el desarrollo del proyecto (ver pantallazos).

Recursos

La diferencia de volúmenes fue detectada hace dos meses por ATI y aunque en un comienzo se pensó que se trataba de un asunto «menor», lo cierto es que se ha ido complicando.

El 14 mayo ATI presentó en la dirección regional del Servicio de Evaluación Ambiental una solicitud de aclaración de la RCA haciendo presente que la cifra de 1.100 TM/año constituía un error y que el proyecto que se sometió a evaluación era para movilizar 1.100.000 TM/año, como quedaba de manifiesto partir de la «simple lectura» de la iniciativa y de la revisión de sus características generales.

La presentación, sin embargo, fue rechazada por el director del SEA, Felipe Lerzundi, el 22 de mayo por considerar que lo solicitado por ATI representaba un cambio «de fondo» y no una «aclaración».

El 4 de junio la concesionaria insiste ante el organismo con un recurso de reposición y un recurso jerárquico en subsidio, el cual debe ser contestado en 30 días hábiles.

Director

Ayer Felipe Lerzundi confirmó a este Diario la existencia de la discrepancia con ATI respecto a los volúmenes establecidos en la RCA, pero responsabilizó de ello a la propia empresa.

«En definitiva, es el mismo titular del proyecto el que en la tramitación de éste (Adenda 1) establece la capacidad de recepción, acopio y embarque del terminal que quedó establecida en la RCA», señaló.

Sobre la posibilidad de impugnar o enmendar una RCA, Lerzundi comentó que la Ley N° 19.300 establece la alternativa de un recurso de reclamación, pero aclaró que el plazo para ello es de 30 días contados desde el otorgamiento de la RCA (agosto de 2012), por lo que estaría totalmente vencido.

Al «error» que limita la operación del galpón hay que sumar la existencia de un decreto de demolición dictado por el municipio contra parte de las mismas instalaciones, el cual fue reclamado por ATI ante el Primer Juzgado Civil. Dicho fallo también está pendiente.

Fuente: El Mercurio de Antofagasta