La nueva regulación de la OMI para controlar los gases en los buques “no es suficiente”

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El próximo 1 de julio entrará en vigor una nueva Enmienda de la Organización Marítima Internacional a la Norma XI -1/7 del Convenio SOLAS, relativa a los instrumentos de ensayo de la atmósfera en espacios cerrados.

La norma internacional ha sido modificada para exigir que los buques lleven a bordo un instrumento o instrumentos portátiles de ensayo de la atmósfera adecuados, capaces de medir concentraciones de oxígeno, gases o vapores inflamables, sulfuro de hidrógeno y monóxido de carbono, a fin de asegurarse de que se puede acceder a cualquier espacio cerrado del buque sin riesgos.

En este contexto, desde la empresa noruega Wilhelmsen Ships Service consideran que la obligación de llevar a bordo este instrumento “no es suficiente”, al no poder asegurar por sí sola la reducción de los riesgos en este ámbito. Además, traen consigo una mayor carga de responsabilidad para los operadores marítimos.

La tripulación tendrá que recibir la formación necesaria para manipular estos instrumentos.

La nueva norma debe verse acompañada de nuevas actividades rutinarias a bordo de los buques, en las que se deben inspeccionar regularmente los sistemas de medición de gases utilizados. Cuestiones relativas al almacenaje y tratamiento de estos dispositivos también son vitales para asegurar su correcto funcionamiento.

Aunque esto puede parecer obvio, desde la empresa recuerdan que la tripulación tendrá que recibir la formación necesaria para manipular estos instrumentos y comprobar su estado.

En definitiva, la regulación ha de ser respaldada por una supervisión y mantenimiento profesional diarios, “sólo así” la nueva norma podrá cumplir con su objetivo de “proteger activos, operaciones y, sobre todo, vidas humanas”, indican desde WSS.

 

Fuente: Cadena de Suministro